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Informe DAC8 y estándares globales de informes financieros de criptomonedas: guía para despachos contables

NORMAS CONTABLES Informe DAC8 y estándares globales de informesfinancieros de criptomonedas: guía paradespachos contables

Las firmas de contabilidad que manejan clientes con criptoactivos se enfrentan a un panorama de reporte que ha cambiado drásticamente en los últimos dos años. El reporte DAC8 ya está vigente en los estados miembros de la UE, el reporte CARF de criptoactivos se está implementando en las jurisdicciones que adoptan la OCDE, y FASB ha alterado fundamentalmente la forma en que las entidades estadounidenses contabilizan los activos digitales bajo ASC 350-60. Mientras tanto, la guía de criptoactivos IFRS continúa evolucionando, dejando a las firmas fuera de EE. UU. navegando por un mosaico de estándares. Entender cómo se relacionan estos marcos entre sí, y dónde divergen, ya no es opcional. Las firmas que tratan el cumplimiento de criptoactivos como un tema secundario corren el riesgo de declarar incorrectamente las cuentas de los clientes, no cumplir con los plazos regulatorios y perder oportunidades de asesoría que están a la vista.

Qué Requiere el Reporte DAC8 de las Firmas y sus Clientes

DAC8 es la octava iteración de la Directiva de la UE sobre Cooperación Administrativa y se dirige específicamente a los proveedores de servicios de criptoactivos. Bajo DAC8, los proveedores de servicios de criptoactivos sujetos a reporte que operan en cualquier estado miembro de la UE deben recopilar y reportar datos de los usuarios, incluyendo nombres, direcciones, números de identificación fiscal y valores de transacciones, a su autoridad fiscal local. Esas autoridades luego intercambian los datos automáticamente con las autoridades correspondientes en toda la UE.

El alcance es amplio. Cubre exchanges, corredores y ciertos proveedores de billeteras. Las firmas que asesoran a clientes que califican como entidades de reporte deben entender tanto las obligaciones de recopilación de datos como los plazos de reporte establecidos por cada estado miembro. Portugal, por ejemplo, transpuso la directiva en línea con el calendario general de la UE, lo que significa que los proveedores de servicios con sede allí debían comenzar a capturar datos sujetos a reporte desde el inicio del período de reporte correspondiente.

Para las firmas de contabilidad, DAC8 crea dos vías de asesoría distintas. La primera es ayudar a los clientes proveedores de servicios de criptoactivos a construir la infraestructura de datos necesaria para cumplir con las obligaciones de reporte. La segunda es ayudar a los clientes individuales y corporativos a entender que sus datos de transacciones ahora fluyen entre las autoridades fiscales, lo que cambia significativamente el cálculo de riesgos en torno a tenencias de criptoactivos no declaradas. Las firmas que aún no han informado a sus clientes con criptoactivos sobre DAC8 ya están rezagadas.

La siguiente tabla resume los componentes clave de un reporte DAC8 y quién es responsable de cada elemento.

Elemento de Reporte Descripción Parte Responsable
Datos de identificación del usuario Nombre, dirección, fecha de nacimiento, número de identificación fiscal Proveedor de servicios de criptoactivos
Valores de las transacciones Valor fiduciario agregado de las transacciones de criptoactivos por período de reporte Proveedor de servicios de criptoactivos
Tipos de activos mantenidos Categorías de criptoactivos según lo definido en MiCA y DAC8 Proveedor de servicios de criptoactivos
Presentación a la autoridad Presentación ante la autoridad fiscal competente local dentro del plazo prescrito Entidad de reporte o agente designado
Intercambio transfronterizo Intercambio automático con las autoridades de otros estados miembros de la UE Autoridad fiscal

Reporte CARF de Criptoactivos y su Relación con DAC8

CARF, el Marco de Reporte de Criptoactivos desarrollado por la OCDE, es el homólogo global de DAC8. Mientras DAC8 regula el intercambio de información dentro de la UE, CARF está diseñado para estandarizar el reporte de criptoactivos entre los países miembros de la OCDE y cualquier jurisdicción que adopte el marco por acuerdo. Ambos marcos están estrechamente alineados en cuanto a los datos que requieren, lo cual fue intencional. La OCDE y la Comisión Europea coordinaron durante la fase de diseño para minimizar la duplicación para las firmas que operan tanto en jurisdicciones dentro como fuera de la UE.

El reporte CARF de criptoactivos se aplica a los proveedores de servicios de criptoactivos en jurisdicciones adoptantes y cubre un rango similar de tipos de transacciones, incluyendo intercambios entre criptoactivos y fiduciarias, transferencias entre billeteras donde interviene un proveedor de servicios y transacciones de pago al por menor. Los primeros intercambios bajo CARF están programados para 2027 entre los países adoptantes tempranos, aunque algunas jurisdicciones han señalado plazos de implementación nacional más tempranos.

Para las firmas con clientes que operan internacionalmente, la implicación práctica es que un proveedor de servicios activo en la UE y, por ejemplo, Australia o Canadá, puede enfrentar simultáneamente obligaciones DAC8 y CARF. Los puntos de datos requeridos se superponen sustancialmente, pero los formatos de presentación y los procedimientos de envío difieren según la jurisdicción. Las firmas que construyen marcos de cumplimiento para estos clientes ahora, en lugar de esperar a que comience la aplicación, estarán en una posición mucho más sólida.

FASB ASC 350-60 y Contabilidad de Criptoactivos Bajo US GAAP

En Estados Unidos, la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) finalizó ASC 350-60 como un estándar dedicado para la contabilidad de criptoactivos bajo US GAAP. Antes de que este estándar entrara en vigor, las entidades mantenían la mayoría de los criptoactivos al costo menos deterioro, lo que significaba que las ganancias no realizadas nunca se reconocían en el estado de resultados. El nuevo estándar requiere que las entidades midan los criptoactivos calificados a valor razonable en cada fecha de reporte, con cambios reconocidos en la ganancia neta.

Este es un cambio significativo. La medición a valor razonable de criptoactivos según FASB significa que una empresa que mantenga Bitcoin o Ether en su balance ahora mostrará los movimientos de mercado a través de su cuenta de pérdidas y ganancias cada período de reporte. Para las firmas que auditan entidades estadounidenses con tenencias de criptoactivos, esto aumenta sustancialmente la complejidad de la auditoría. Los insumos del valor razonable deben obtenerse, documentarse y defenderse. La clasificación de activos como dentro o fuera del alcance de ASC 350-60 también requiere un análisis cuidadoso, porque no todos los activos digitales califican.

Los activos intangibles que cumplen con la definición de un criptoactivo bajo el estándar incluyen tokens fungibles creados en tecnología de contabilidad distribuida y asegurados por criptografía. Los tokens envueltos, NFTs y ciertas stablecoins pueden quedar fuera del alcance dependiendo de sus características específicas. Las firmas deberían incorporar un procedimiento de clasificación en su proceso de incorporación de clientes en lugar de hacer determinaciones ad hoc al final del año.

Tipo de Activo Tratamiento según ASC 350-60 Consideración Clave
Bitcoin, Ether (fungibles, en cadena) Valor razonable a través del resultado neto Documentación de fuente de precio requerida
NFTs Generalmente fuera del alcance (no fungibles) Evaluado caso por caso
Stablecoins Depende de los derechos de reembolso y la estructura Análisis legal necesario antes de la clasificación
Tokens envueltos Generalmente fuera del alcance El activo subyacente y el riesgo de contraparte importan
Criptoactivos mantenidos en ETFs o fondos Sigue los estándares de inversión existentes No está directamente dentro del alcance de ASC 350-60

Activos Cripto según IFRS: La Posición Actual y Hacia Dónde se Dirige

Fuera de los EE. UU., la mayoría de las jurisdicciones dependen de IFRS para la información financiera, y los activos cripto según IFRS históricamente se han contabilizado bajo la IAS 38 como activos intangibles con una vida útil indefinida. Bajo ese tratamiento, las entidades podían revaluar al alza solo si adoptaban el modelo de revaluación y existía un mercado activo, una condición que Bitcoin y ciertos otros activos supuestamente cumplen, pero que pocos preparadores han optado por aplicar.

El Comité de Interpretaciones de IFRS confirmó en 2019 que los activos cripto mantenidos en el curso ordinario del negocio por corredores de materias primas podrían medirse al valor razonable menos costos de venta bajo la IAS 2. Para todos los demás tenedores, el valor predeterminado seguía siendo el costo menos deterioro bajo la IAS 38, sin revaluación al alza a menos que se adoptara el modelo de revaluación. Esto creó una asimetría significativa en comparación con el tratamiento del valor razonable de criptoactivos según FASB.

El IASB ha añadido desde entonces un proyecto sobre activos cripto y transacciones relacionadas a su programa de trabajo. Aunque no se ha emitido una norma final a la fecha actual, la dirección del cambio es hacia un marco más matizado que distinga entre tipos de activos digitales y su sustancia económica. Las firmas que asesoran a clientes que reportan bajo IFRS deben monitorear los borradores de exposición del IASB y preparar a los clientes para la probabilidad de que el tratamiento contable cambie, posiblemente requiriendo ajustes retrospectivos.

Para la contabilidad de criptoactivos según IFRS en la práctica, las decisiones clave que las firmas necesitan documentar hoy son: la clasificación de cada tipo de activo mantenido, la base de medición elegida, la divulgación de juicios significativos y el tratamiento de los ingresos por staking o préstamos. Estas son todas áreas donde la guía del IASB aún está en desarrollo y donde las firmas pueden agregar valor de asesoramiento genuino estableciendo políticas claras ahora.

Cómo Interactúan los Marcos: Una Visión Práctica para Firmas de Contabilidad

Los cuatro marcos descritos anteriormente, DAC8, CARF, ASC 350-60 e IFRS, abordan diferentes capas del problema de presentación de informes. DAC8 y CARF son regímenes de intercambio de información fiscal. No rigen cómo aparece un activo en un balance general. Rigen si los datos de transacciones llegan a la autoridad fiscal. ASC 350-60 e IFRS, por el contrario, rigen la presentación y medición de los estados financieros.

Una firma que asesora a una empresa europea con subsidiarias en EE. UU. y una tesorería de criptoactivos podría enfrentar los cuatro simultáneamente. La subsidiaria estadounidense mide sus tenencias al valor razonable de criptoactivos según FASB bajo ASC 350-60. La matriz reporta bajo IFRS y toma sus propias decisiones de clasificación y medición. Ambas entidades pueden tratar con intercambios de contraparte que tienen obligaciones DAC8 o CARF. Coordinar a través de estas capas requiere un proceso interno estructurado, no una hoja de cálculo.

Para las firmas que utilizan herramientas de informes de cumplimiento de criptoactivos, la capacidad de extraer datos de billeteras e intercambios en un solo sistema y luego mapearlos al estándar de informes relevante para cada entidad es la base. La conciliación manual a gran escala es propensa a errores y consume mucho tiempo. Las firmas que invierten en infraestructura específica ahora están mejor posicionadas para absorber clientes adicionales sin un aumento proporcional en los costos generales de cumplimiento.

Marco Jurisdicción Propósito A quién Afecta
DAC8 UE Intercambio de información fiscal Proveedores de servicios de criptoactivos en estados miembros de la UE
CARF OCDE / países adoptantes Intercambio de datos fiscales transfronterizos Proveedores de servicios de criptoactivos en jurisdicciones adoptantes
ASC 350-60 EE. UU. Medición de estados financieros Preparadores de US GAAP que poseen criptoactivos calificados
IFRS (IAS 38 / IAS 2) Global (jurisdicciones IFRS) Medición de estados financieros Preparadores de IFRS que poseen criptoactivos

Construyendo una Práctica de Asesoría en Torno al Cumplimiento de Informes de Criptoactivos

Las firmas que comprenden a fondo estos estándares están bien posicionadas para desarrollar ingresos recurrentes de asesoría. La mayoría de las empresas activas en criptoactivos, ya sean comerciantes, gestores de tesorería o proveedores de servicios, no tienen experiencia interna en los cuatro marcos. Necesitan asesores externos que puedan traducir los cambios regulatorios en decisiones prácticas de contabilidad e informes.

La oportunidad de asesoría comienza en la incorporación. Cuando un nuevo cliente de criptoactivos se une a la firma, un proceso de admisión estructurado debe capturar las jurisdicciones en las que opera, los tipos de activos que posee, si califica como entidad informante bajo DAC8 o CARF, y qué estándar contable rige sus estados financieros. Esa admisión alimenta directamente el calendario de cumplimiento y la estimación de honorarios.

El trabajo de asesoría continuo incluye monitorear los desarrollos del IASB sobre activos cripto según IFRS, actualizar a los clientes cuando cambien las interpretaciones del alcance de ASC 350-60, y asegurar que se rastreen y cumplan los plazos de informes de DAC8 y CARF. Las firmas que tratan estas como tareas distintas en lugar de agruparlas en una tarifa estándar de preparación de cuentas encontrarán que el perfil de ingresos es considerablemente más atractivo. Los clientes de criptoactivos con tenencias complejas también son más propensos a generar referencias dentro de sus redes, que tienden a ser intensivas en criptoactivos por naturaleza.

Escenario ilustrativo

Para ilustrar cómo se aplica esto en la práctica, considere el siguiente escenario:

Thomas es gerente sénior en una firma de contabilidad de tamaño mediano en Lisboa con una cartera creciente de clientes fintech y cripto. Uno de sus clientes, un exchange de criptomonedas registrado en Portugal, recibió una carta de la autoridad tributaria solicitando aclaraciones sobre sus obligaciones de reporte DAC8. El cliente había asumido que, por ser una plataforma más pequeña, los requisitos no le aplicaban. Thomas determinó rápidamente que el cliente sí calificaba como entidad de reporte y que el primer período de reporte ya había comenzado.

Por separado, Thomas tenía un cliente de tesorería corporativa que poseía Bitcoin y Ether en su balance y reportaba bajo IFRS. El CFO del cliente había leído sobre los cambios en FASB ASC 350-60 en una publicación del sector y preguntaba si las mismas reglas aplicaban para ellos. Thomas pudo explicar claramente que los activos cripto bajo IFRS aún se miden según IAS 38 para su tipo de entidad, pero que el proyecto del IASB valía la pena monitorear, y que adoptar el modelo de revaluación bajo IAS 38 merecía evaluarse dadas las condiciones actuales del mercado.

Usando CryptaCount, Thomas pudo extraer datos de transacciones de la plataforma del exchange cliente, mapearlos a la plantilla de reporte DAC8 y marcar los campos relevantes para revisión. Los activos del cliente de tesorería corporativa se conciliaron automáticamente contra los datos del exchange, ahorrando varias horas de trabajo manual al cierre del año.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el reporte DAC8 y a quién aplica?

DAC8 es una directiva de la UE que requiere que los proveedores de servicios de criptoactivos que operan en estados miembros de la UE recopilen y reporten datos de transacciones de usuarios a su autoridad tributaria local. Los datos luego se comparten automáticamente con otras autoridades de estados miembros de la UE. Aplica a exchanges, brókers y ciertos otros proveedores de servicios, independientemente del tamaño de la plataforma, si cumplen con la definición de entidad de reporte según la directiva.

¿En qué se diferencia el reporte cripto CARF de DAC8?

CARF es el marco global de la OCDE para el reporte de criptoactivos, diseñado para el intercambio transfronterizo de datos entre países fuera de la UE, así como entre miembros de la OCDE en general. DAC8 cubre intercambios intra-UE. Los dos marcos se alinearon deliberadamente para que las empresas que operan en ambos contextos no enfrenten requisitos de datos completamente diferentes, pero los procedimientos de presentación y los plazos varían según la jurisdicción.

¿Qué cambia ASC 350-60 para las entidades estadounidenses que poseen cripto?

Bajo ASC 350-60, los activos cripto calificados deben medirse a valor razonable en cada fecha de reporte, con ganancias y pérdidas reconocidas en el resultado neto. Anteriormente, las entidades mantenían la mayoría de los criptoactivos al costo menos deterioro, lo que significaba que las ganancias no realizadas nunca se mostraban en el estado de resultados. Este cambio aumenta la volatilidad del estado de resultados y añade complejidad al proceso de auditoría, particularmente en torno a la obtención y documentación del valor razonable.

¿Cómo se tratan actualmente los activos cripto bajo IFRS?

Bajo IFRS, la mayoría de los activos cripto se contabilizan como activos intangibles según IAS 38. Las entidades pueden elegir entre el modelo de costo y el modelo de revaluación, pero el modelo de revaluación solo está disponible cuando existe un mercado activo. Los corredores de materias primas pueden usar IAS 2 y medir al valor razonable menos costos de venta. El IASB está trabajando en una norma dedicada, pero aún no se ha emitido una guía final.

¿El tratamiento de valor razonable cripto de FASB es el mismo que el tratamiento IFRS?

No. FASB ASC 350-60 requiere valor razonable a través del resultado neto para activos calificados, lo cual es un tratamiento obligatorio para los activos dentro del alcance bajo US GAAP. IFRS actualmente no exige la medición a valor razonable para la mayoría de los tenedores de criptoactivos. Esto crea una diferencia material en las ganancias reportadas entre entidades US GAAP e IFRS que poseen los mismos activos, lo cual es particularmente relevante para grupos multinacionales que preparan cuentas consolidadas.

¿Las empresas portuguesas deben cumplir con el reporte DAC8?

Sí, si califican como proveedor de servicios de criptoactivos según la directiva. Portugal transpuso DAC8 de acuerdo con el cronograma de implementación de la UE, por lo que los proveedores de servicios que operan desde Portugal están sujetos a las mismas obligaciones que aquellos en otros estados miembros. Las firmas de contabilidad que asesoran a empresas cripto portuguesas deben confirmar si cada cliente cumple con la definición de entidad de reporte y establecer el proceso relevante de recopilación de datos y presentación.

¿Cuál es la relación entre MiCA y DAC8 para fines contables?

MiCA es el reglamento de mercados de criptoactivos de la UE, que rige los requisitos de licencia y operativos para los proveedores de servicios de criptoactivos. DAC8 utiliza las definiciones de MiCA para determinar qué entidades y tipos de activos caen dentro de su alcance de reporte. Para las firmas de contabilidad, esto significa que el estado MiCA de un cliente es directamente relevante para sus obligaciones DAC8. Las firmas deben verificar ambos marcos juntos al incorporar clientes con actividad cripto en la UE.

¿Cómo deben las firmas de contabilidad gestionar clientes cripto en múltiples marcos de reporte?

El enfoque más práctico es construir una admisión estructurada que capture las jurisdicciones, tipos de activos, estado regulatorio y norma contable aplicable de cada cliente. Esto alimenta un calendario de cumplimiento que rastrea los plazos de DAC8 y CARF por separado de los plazos de los estados financieros. El software de contabilidad cripto diseñado específicamente que concilia datos de exchange y los mapea al marco de reporte relevante reduce el error manual y permite a las firmas escalar su práctica cripto sin un aumento proporcional en el tiempo del personal.

¿Cuándo ocurrirán los primeros intercambios de reporte cripto CARF?

La OCDE ha programado los primeros intercambios automáticos bajo CARF para 2027 entre las jurisdicciones que lo adopten tempranamente, aunque los países individuales pueden implementar requisitos de reporte nacionales en cronogramas diferentes antes de esa fecha. Las firmas con clientes en países miembros de la OCDE deben monitorear los anuncios de transposición locales, ya que algunas jurisdicciones avanzan más rápido que el cronograma base de la OCDE.

Fuente: CryptaCount

FAQ

¿Qué es el informe DAC8 y a quién aplica?

DAC8 es una directiva de la UE que exige a los proveedores de servicios de criptoactivos que operan en estados miembros de la UE recopilar y reportar datos de transacciones de usuarios a su autoridad fiscal local. Los datos se comparten automáticamente con otras autoridades de estados miembros de la UE. Aplica a exchanges, brokers y ciertos otros proveedores de servicios, independientemente del tamaño de la plataforma, si cumplen la definición de entidad informante según la directiva.

¿En qué se diferencia el informe CARF de DAC8?

CARF es el marco global de la OCDE para el informe de criptoactivos, diseñado para el intercambio transfronterizo de datos entre países fuera de la UE y entre miembros de la OCDE en general. DAC8 cubre los intercambios intra-UE. Ambos marcos se alinearon deliberadamente para que las empresas que operan en ambos contextos no enfrenten requisitos de datos completamente diferentes, pero los procedimientos de presentación y plazos varían según la jurisdicción.

¿Qué cambia ASC 350-60 para las entidades estadounidenses que poseen criptoactivos?

Según ASC 350-60, los criptoactivos que califican deben medirse a valor razonable en cada fecha de reporte, reconociendo ganancias y pérdidas en el resultado neto. Anteriormente, las entidades mantenían la mayoría de los criptoactivos al costo menos deterioro, por lo que las ganancias no realizadas nunca se mostraban en el estado de resultados. Este cambio aumenta la volatilidad del estado de resultados y añade complejidad al proceso de auditoría, particularmente en cuanto a la determinación y documentación del valor razonable.

¿Cómo se tratan actualmente los criptoactivos según IFRS?

Según IFRS, la mayoría de los criptoactivos se contabilizan como activos intangibles bajo IAS 38. Las entidades pueden elegir entre el modelo de costo y el modelo de revaluación, pero el modelo de revaluación solo está disponible cuando existe un mercado activo. Los corredores de materias primas pueden usar IAS 2 y medir a valor razonable menos costos de venta. El IASB está trabajando en una norma específica, pero aún no se ha emitido una guía definitiva.

¿Es el tratamiento del valor razonable de criptoactivos según FASB igual que el tratamiento IFRS?

No. FASB ASC 350-60 exige el valor razonable a través del resultado neto para activos que califican, un tratamiento obligatorio para activos dentro del alcance bajo US GAAP. IFRS actualmente no exige la medición a valor razonable para la mayoría de los tenedores de criptoactivos. Esto crea una diferencia material en las ganancias reportadas entre entidades US GAAP e IFRS que poseen los mismos activos, lo que es particularmente relevante para grupos multinacionales que preparan estados consolidados.

¿Deben las empresas portuguesas cumplir con el informe DAC8?

Sí, si califican como proveedores de servicios de criptoactivos según la directiva. Portugal transpuso DAC8 de acuerdo con el calendario de implementación de la UE, por lo que los proveedores de servicios que operan desde Portugal están sujetos a las mismas obligaciones que los de otros estados miembros. Los despachos contables que asesoran a empresas de criptoactivos portuguesas deben confirmar si cada cliente cumple la definición de entidad informante y establecer el proceso de recopilación de datos y presentación correspondiente.

¿Cuál es la relación entre MiCA y DAC8 para fines contables?

MiCA es el reglamento de mercados de criptoactivos de la UE, que regula los requisitos de licencia y operativos para proveedores de servicios de criptoactivos. DAC8 utiliza las definiciones de MiCA para determinar qué entidades y tipos de activos entran en su ámbito de reporte. Para los despachos contables, esto significa que el estado MiCA de un cliente es directamente relevante para sus obligaciones DAC8. Los despachos deben verificar ambos marcos conjuntamente al incorporar clientes activos en criptoactivos en la UE.

¿Cómo deberían los despachos contables gestionar clientes de criptoactivos en múltiples marcos de reporte?

El enfoque más práctico es construir una admisión estructurada que capture las jurisdicciones de cada cliente, tipos de activos, estado regulatorio y norma contable aplicable. Esto alimenta un calendario de cumplimiento que realiza un seguimiento separado de los plazos de DAC8 y CARF en relación con los plazos de los estados financieros. Un software de contabilidad de criptoactivos diseñado específicamente que concilie datos de exchanges y los mapee al marco de reporte relevante reduce el error manual y permite a los despachos escalar su práctica de criptoactivos sin un aumento proporcional del tiempo del personal.

¿Cuándo ocurrirán los primeros intercambios bajo CARF?

La OCDE ha programado los primeros intercambios automáticos bajo CARF para 2027 entre las jurisdicciones que adopten tempranamente, aunque los países individuales pueden implementar requisitos de reporte domésticos en plazos diferentes antes de esa fecha. Los despachos con clientes en países miembros de la OCDE deben monitorear los anuncios de transposición locales, ya que algunas jurisdicciones avanzan más rápido que el calendario base de la OCDE.